REGIMEN GENERAL
11. JORNADA REDUCIDA POR GUARDA LEGAL
Una trabajadora contratada con grupo de cotización 5 y de carácter indefinido (contrato
100), tiene a su cuidado un hijo de 4 años de edad.
En ejercicio del derecho a la reducción de jornada, que por tener a su cuidado directo
un hijo menor de 8 años le corresponde, solicita y obtiene de su empresario la reducción
de un 50% de su jornada habitual.
Efectuada la disminución proporcional del salario que le correspondía, queda reducido
a las siguientes cuantías:
Salario base: 800 €
Plus de actividad: 35 €
Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 800 € cada una de ellas.
No tiene ninguna bonificación por tipo de contrato.
Con estos datos confeccionamos la nómina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Ficha del trabajador.
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador y en el campo: Base de Cotización prorrata de pagas extras
indicar.
Nº de pagas: 2
Importe de cada una de las pagas:800
€
El prorrateo resultante se sumará a la base de cotización de contingencias comunes
mes a mes.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato:
100 y en Tipo de Contrato
:Cotización del desempleo hay que indicar:
Indefinido a tiempo parcial
.
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 800 €, como es
un trabajador con retribución mensual
indicamos M (mensual) y en plus de actividad indicamos 35 €
M (mensual)
Hay que indicar los días y HORAS mensuales en la pestaña salariales.
Nota:
Si tiene creado previamente el convenio
con las categorías profesionales y asigna al
trabajador su categoría se aplicarán
las percepciones indicadas en la ficha del trabajador. (pestaña
salariales y no salariales)
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de la
paga extra, el mes que corresponda.
·
Nomina del trabajador.
La nómina del trabajador la podemos realizar mediante la opción de Cálculo automático
o Gestión de las nominas mensuales.(si deseamos ver la
nómina en pantalla antes de grabarla)
Cálculo automático:
Ir a la opción de nominas: cálculo automático e indicar: Año, Mes, desde que código
de empresa hasta que código de empresa y desde
que código de los trabajadores hasta que código de trabajadores.
Gestión de las nóminas mensuales: Ir a la opción de nóminas: gestión de
las nóminas mensuales: Pulsar Agregar e indicar : año,
mes, código del trabajador , aparecerán los datos indicados en su ficha, por último,
pinchar Grabar.
Mediante una opción u otra la nómina ya está confeccionada, pudiendo, en cualquier
momento, seleccionar la opción de imprimir diversos informes ejemplo: nóminas, listado
resumido de las nominas…
·
Fichero FAN:
En el fichero FAN este trabajador reflejará en la línea DAT (datos relativos al
trabajador), en la posición 11, un indicador :
R (que es el indicador de reducción de guarda legal)
A. Cálculo de las bases de Cotización:
1. Base de Contingencias
Comunes:
Remuneración mensual : (Salario base: 800 € +
Plus de actividad: 35 €)= 835 €
Prorrata de pagas extras: 800€ x2= 1600€/12 meses = 133,33€
Total: 968,33 €
La cuantía de 968,33 € está comprendida
entre la base máxima de cotización
de su grupo (3198 €) y la base mínima (356 €) resultante de multiplicar las 80 horas
trabajadas en el mes por la base mínima horaria señalada para la cotización a tiempo
parcial (para el grupo 8 que es 4,45 €/hora), por lo que constituye la base de cotización
para estas contingencias comunes.
2.Base para Contingencias Profesionales (AT y
EP)
La base de cotización por esta clase de contingencias coincide con la de contingencias
comunes 968,33 €, al no existir horas extraordinarias, las retribuciones a tener
en cuenta son las mismas. Además, cumplen la condición de estar comprendidas entre
el tope máximo y mínimo de cotización.
