REGIMEN GENERAL
16. SITUACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA
DE ACCIDENTE DE TRABAJO
Un trabajador con contrato eventual y grupo de cotización 9 a la Seguridad Social,
sufre un accidente laboral causando baja el 10/06/10 al 17/06/10 en que es dado
de alta por curación.
Las bases de cotización del trabajador por contingencias comunes fue 1083,29 €.
A la misma ascendió la cotización por contingencias profesionales.
El salario base: 24 €/día
Plus de convenio: 5 €/día
Incentivo: 3 €/día
Tiene derecho a dos pagas extras de 750 € cada una.
No tiene ninguna bonificación por tipo de contrato.
Durante el período de baja por incapacidad temporal , para la cotización por accidentes
de trabajado y enfermedades profesionales se aplica el mismo tipo de cotización
que se aplicaba antes de la baja.
Con estos datos confeccionamos la nómina y posteriormente el boletín de cotización
a la seguridad social.
·
Ficha del trabajador. (No modificamos los datos de su ficha)
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador, y en el campo: Base de Cotización prorrata de pagas extras
indicar.
Nº de pagas: 2
Importe de las pagas: 750 €
El prorrateo resultante se sumará a la base de cotización de contingencias comunes
mes a mes.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato:401
y Tipo de Contrato : Cotización del
desempleo: Duración determinada a tiempo completo.
Salariales: En percepciones salariales
se mantienen los conceptos en la ficha del trabajador : indicar en salario base:
24 €/día, como
es un trabajador con
retribución diaria indicamos a la derecha D (diaria) y en plus de actividad 50 € D (diaria)
Nota:
Si tiene creado previamente el convenio
con las categorías profesionales y asigna al
trabajador su categoría se aplicarán
las percepciones indicadas en la ficha del trabajador. (pestaña salariales y no
salariales)
·
Introducir la situación de baja por Accidente laboral .(antes de generar la nómina)
En la opción de Incidencias Mensuales agregar el año, mes, código del trabajador,
fecha de inicio de la incidencia en ese mes con formato DD/MM/AA y fecha de fin
de la incidencia en ese mes con formato DD/MM/AA.( indicar el ultimo día de ese
mes si continua la baja).
Hay que indicar la incidencia de que se trate, y las Bases de C.C. para los días
de la baja en ese mes y Bases de A.T. y E.P. para los días de la baja en ese mes.
Si existe nómina grabada del mes anterior, está aparecerá
automáticamente.
El programa automáticamente calcula el pago delegado para los días de baja.
Nota:
Para los trabajadores del Régimen General que están de baja por Accidente:
-Se devenga a
partir del día siguiente al del accidente el 75% de la base a cargo del INSS.
-Aparece en la
nomina y en el TC1 en la casilla 410 (compensación por IT) y en el TC2 con clave
03.
·
Nomina del trabajador.
Después de introducir la incidencia del mes la nómina del trabajador la realizamos mediante la opción de:
Gestión de las nóminas mensuales: En días de devengo de la nomina tiene
que indicar los días totales del mes tanto los trabajados como los que el
trabajador ha estado en situación de Incapacidad temporal.
Tomará de la ficha del trabajador las percepciones que se le tengan indicadas debiendo
modificar estos importes para que el importe total de la nomina coincida con lo
que su convenio estipule.
A.
Cálculo del subsidio
Económico
1.Base Reguladora: La base de cotización del mes anterior/30días
1083,29€/30 días= 36,11 €
2.Cálculo del subsidio: El subsidio por incapacidad temporal derivada de accidente
de trabajo se devenga a partir del día siguiente al del accidente, los días a subsidiar
serán los siguientes: 11/06/10 al 17/06/10 : 7 días
75% x 36,11 €= 27,08€
27,08€ x 7 días=189,56€
B.
Cálculo de las Bases
de Cotización.
1. Base para contingencias comunes
a) Por el período de IT (11/06/10 a 17/06/10) (se cuenta el día del alta)
Base diaria= Base de cotización del mes anterior/30 x días de baja
1083,29€/30 días= 36,11 € x 7 días= 252,77 €
b) Por los días trabajados del 01/06/10
al 10/06/10 al 18/06/10 al 30/06/10 (Se cuenta el día de la baja)
El salario base: 24 €/día x 23 días=
552€
Plus de convenio: 5 €/día x 23 días= 115€
Incentivo: 3 €/día x 23 días= 69€
Paga extraordinarias: 750€ x 2 = 1500€/365días =4,11€ x 23 días= 94,53€
Total: 830,53 €
c) Total a cotizar por el mes:
La base de cotización del mes de esta formada por la suma de los importes correspondientes
a los períodos de baja y de alta.
Los 252,77 € + 830,53 €= 1083,30€
2. Base para Contingencias Profesionales.
Los 1083,30€ constituyen también la
base de cotización por contingencias profesionales.
Además cumplen la condición de estar entre el tope mínimo y máximo de cotización
por contingencias profesionales.

