REGIMEN GENERAL.
3. REALIZACIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS
Ej:
Un trabajador con contrato eventual, modelo 401 y con grupo de cotización 5 a la
Seguridad Social, presta servicios en una empresa con las siguientes retribuciones:
Salario base: 1000 €
Antigüedad: 90 €
Incentivo: 50 €
Durante el mes de mayo se le suponen horas extraordinarias por los siguientes conceptos
e importes:
Horas extraordinarias de fuerza mayor: 70 €
Horas extraordinarias habituales: 52 €
También tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias de 1090 € cada una.
Con estos datos confeccionamos la nomina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Ficha del trabajador:
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador y en el campo: Base de cotización prorrata de pagas extras
indicar:
Nº de pagas: 2
Importe de cada una de las pagas: 1090 €
El prorrateo resultante se sumará a la base de cotización de contingencias comunes
mes a mes.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato:
401 y Tipo de contrato: Cotización del desempleo: Duración determinada a tiempo
completo.
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 1000 € , como es un trabajador
con retribución mensual indicamos M (mensual) , en antigüedad 90 €
M (mensual) y en incentivos 50 €,M (mensual)
En Horas Extraordinarias por Fuerza
Mayor indicaremos 70 € M (mensual)
y Horas Extraordinarias habituales 52 € M (mensual).
Nota:
Si tiene creado previamente el convenio con las categorías profesionales y asigna
al trabajador su categoría se aplicarán las percepciones indicadas en la ficha del
trabajador (pestaña salariales y no salariales)
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de la
paga extra, el mes que corresponda.
En días de devengo de la nómina deberá indicar 30 o los días de alta en el mes.
·
Nómina del trabajador.
La podemos realizar mediante la opción de Cálculo automático o Gestión de las nominas
mensuales.(si deseamos ver la nómina en pantalla antes
de grabarla)
Cálculo automático:
Ir a la opción de nominas: cálculo automático e indicar: Año, Mes, desde que código
de empresa hasta que código de empresa y
desde que código de los trabajadores hasta que código de trabajadores.
Gestión de las nóminas mensuales: Ir a la opción de nóminas: gestión de
las nóminas mensuales: Pulsar Agregar e indicar : año,
mes, código del trabajador , aparecerán los datos indicados en su ficha, por último,
pinchar Grabar.
Mediante una opción u otra la nómina ya está confeccionada, pudiendo, en cualquier
momento, seleccionar la opción de imprimir diversos informes ejemplo: nóminas, listado
resumido de las nominas…
A.
Cálculo de las bases
de Cotización.
1.Base de Contingencias Comunes:
Remuneración mensual: (
Salario base: 1000 € + Antigüedad: 90 € + Incentivo: 50 € )= 1140 €
Prorrata de pagas extraordinarias: (1090 €x 2 =2180€/12)=181,67 €
Total: 1321,67 €
Los 1321,67 € no es inferior a la base
mínima de cotización del grupo 5 ni
superior a la base máxima; por lo que constituye la base de cotización para estas
contingencias.
2. Base de Contingencias Profesionales (AT
y EP)
Conceptos computables: Salario base, antigüedad, incentivo y horas extraordinarias.
Base AT : (Salario base: 1000 € + Antigüedad: 90 € +
Incentivo: 50 € + Horas extraordinarias: por fuerza mayor: 70 €
y habituales: 52 € + Prorrata
de pagas extraordinarias: (1090 €x 2 =2180€/12 meses)=181,67 €)= 1443,67 €
Los 1443,67 € no es inferior a la base
mínima de cotización del grupo 5 ni superior
a la base máxima por lo que constituye la base de cotización por contingencias profesionales.

