REGIMEN AGRICOLA
NOMINAS POR PERIODO
Un trabajador con grupo 10 de cotización a la Seguridad Social es contratado para
una campaña de recolección de aceitunas del 01/09/10 al 18/09/10 con un contrato
eventual 401.
Posteriormente la empresa decide contratarlo en ese mismo mes el 22/09/10
hasta 21/11/10 con el mismo contrato y las mismas percepciones salariales
y no salariales.
Los devengos económicos, de percepción diaria, pactados con el trabajador son los
siguientes:
Salario base: 43 €/J
Plus de actividad: 3,5 €/J€
Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 850 € cada una de ellas.
·
Ficha del trabajador.
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador y en el campo: Base de Cotización prorrata de pagas extras
indicar el número de pagas y el importe de las pagas.
El prorrateo resultante se sumará a la base de cotización por AT y EP.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato y
Tipo de contrato: Cotización del desempleo.
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 43 €/J y Plus
de actividad: 3,5 €/J y marcamos que a este concepto se le aplique
retención.
Nota:
Si tiene creado previamente el convenio con las categorías profesionales y asigna
al trabajador su categoría se aplicarán las percepciones indicadas en la ficha del
trabajador (pestaña salariales y no salariales)
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de paga
extra el mes que corresponda.
·
Nómina del trabajador
La nómina la generamos mediante la opción de Nóminas: Nóminas por período: Gestión
de las nóminas por período.
Se asignará un número al período de la primera nómina que realicemos con las jornadas
correspondientes y otro número de período a la segunda nómina también con sus jornadas
correspondientes.
Realizaríamos entonces la Primera Nómina del periodo primero con las percepciones
correspondientes a las jornadas trabajadas.
Luego realizaríamos la Segunda Nómina con las percepciones correspondientes
a las jornadas que ha trabajado en ese segundo contrato.
Una vez realizadas las dos nominas, se realiza el Cierre mensual de las nóminas
por períodos.
Esta opción suma todas las nóminas por períodos de dicho mes y genera una nómina
mensual, sin borrar las nóminas por períodos para que en cualquier momento estas
se puedan visualizar.
A.
Cálculo de las bases
de Cotización para el primer período trabajado.
(15 jornadas)
1. Para contingencias comunes
39 x 15 jornadas= 585 €
2.Para contingencias profesionales (AT y
EP) para el primer período trabajado
(Salario base: 43 €/J x 15 jornadas= 645 €
+ Plus de actividad: 3,5 €/J€
x 15 jornadas= 52,50 € +
Prorrata de pagas extras: 70,80 € )
Total: 768,30 €
B.
Cálculo de las bases
de Cotización para el segundo período trabajado
(5
jornadas)
1.Para contingencias comunes
39 x 5 jornadas= 195 €
2.Para contingencias profesionales (AT y
EP) para el segundo período trabajado.
(Salario base: 43 €/J x 5 jornadas= 215 €
+ Plus de actividad: 3,5 €/J€
x 5 jornadas= 17,50 € +
Prorrata de pagas extras: 23,60 €
)
Total: 256,10 €
C.
Cierre mensual de las
dos nominas por período (20 jornadas)
La suma de las dos nóminas genera una única nómina mensual.
Cálculo de las bases de cotización total (20 jornadas)
1.Para contingencias comunes
585 (primer período) + 195 (segundo período)=780 €
2.Para contingencias profesionales (AT y
EP)
768,30 € (primer periodo) + 256,10 € (segundo período)= 1024,40
€